CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE COLOMBIA 1991
La Constitución de 1991 es la actual carta magna de la República de Colombia. Derogó a la Constitución de 1886. También se ha empezado a conocer con el nombre de
"Constitución de los Derechos Humanos". Fue promulgada en Bogotá el 4 de julio de 1991.
DIVISIÓN DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
La carta constitucional de 1991, al
igual que las demás constituciones democráticas, está dividida en dos partes.
La primera, correspondiente a la sección introductoria o dogmática,
"resume la ideología predominante y enumera las libertades y derechos
subjetivos reconocidos al individuo". La segunda parte de la constitución,
denominada orgánica o normativa, describe la estructura del Estado y el poder
público, con sus órganos y competencias. Esta parte, está compuesta por 13 títulos, 51 Capítulos, 380 artículos
permanentes y 61 artículos transitorios.
PREAMBULO
El pueblo de Colombia,
en ejercicio de su poder soberano, representado por
sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección
de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus
integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el
conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y
participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y
comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana,
decreta, sanciona y promulga la siguiente:
DE LOS PRINCIPIOS
FUNDAMENTALES
ARTICULO
1o. Colombia es un Estado
social de derecho, organizado en forma de República unitaria,
descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática,
participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana,
en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la
prevalencia del interés general.
ARTICULO
2o. Son fines esenciales del Estado:
servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la
efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la
Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los
afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la
Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial
y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
Las autoridades de la República están instituidas
para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra,
bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el
cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
·
Opinar sobe este artículo.
¿Cumple el Estado con estos fines, particularmente Usted, cómo lo siente?
ARTICULO 3o. La soberanía reside exclusivamente
en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma
directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución
establece.
·
¿Qué es la Soberanía?
(La
soberanía, según la clásica definición de Jean Bodin (Juan Bodino) en
su obra de 1576 Los seis libros de la República, es el «poder absoluto y
perpetuo de una República»; y soberano es quien
tiene el poder de decisión, de dar leyes sin recibirlas de otro, es decir,
aquel que no está sujeto a leyes escritas, pero sí a la ley divina o natural)
·
En Colombia y en la práctica, ¿la
Soberanía es ejercida directamente por el pueblo, o es manipulada por los
medios de comunicación y/o los partidos políticos? (¿Cuál es el papel de los
medios de comunicación? ¿Cuál es el papel de los partidos políticos?)
ARTICULO 4o. La Constitución es norma de normas.
En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma
jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales.
Es deber de los nacionales y de los extranjeros en
Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las
autoridades.
·
¿Qué significa que la Constitución es norma de normas? ¿A
quién(es) se aplica?
ACTIVIDAD
Contestar las
preguntas que se encuentran insertas (y en negrilla) en el texto de referencia.
Presentar como
trabajo escrito, antes del 30 de abril de 2014.
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