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miércoles, 19 de marzo de 2014

LA DEMOCRACIA



Objetivo: Reconocer en la Democracia una forma de gobierno, universalmente aceptada actualmente y reflexionar  sus variaciones: representativa y participativa.

Democracia: La  Democracia es una forma de organización de grupos de personas, cuya característica predominante es que la titularidad del poder reside en la totalidad de sus miembros, haciendo que la toma de decisiones responda a la voluntad colectiva de los miembros del grupo.

En sentido estricto la democracia es una forma de organización del Estado, en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que les confieren legitimidad a los representantes.

En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.

La Democracia representativa se caracteriza por un menor activismo de los ciudadanos, el cual se reduce a elegir al representante popular el día de las votaciones, los promotores de esta visión se enfocan en el perfeccionamiento de los sistemas electorales: organismos autónomos, elecciones libre, equidad en la elección, representatividad en los órganos del Estado, etcétera.

Para la democracia representativa los partidos políticos son el eje del sistema, estos son el eslabón entre los ciudadanos y el Estado. Sin embargo los partidos políticos se encuentran fuertemente cuestionados, sus limitaciones son evidentes, por ejemplo, la forma de elegir a sus candidatos, es en la mayoría de los casos, antidemocrática y sus estructuras están diseñadas para beneficio del propio partido y no para beneficiar a la población.

Mientras la democracia participativa conlleva el activismo ciudadano, esto es, no solo elegir al representante, sino busca estar presente en la toma de decisiones, ser parte activa en las tareas del Estado, lo que implica estar más informado y atento a las acciones de los gobernantes

En las asambleas los ciudadanos interactúan con los funcionarios públicos, conocen las ideas de sus vecinos y comparten las visiones de la sociedad que se desea, además esta forma de gobernar provoca el involucramiento de la sociedad en las tareas de la comunidad, con lo que se mejoran los resultados. Todo esto desencadena una participación progresiva, se mejoran las formas de participación y se tiene un mayor conocimiento de las funciones del Estado.

En la democracia participativa los candidatos a elección popular deben dar un diagnóstico sobre la situación que guarda el Estado, la entidad federativa o el municipio, deben tener un proyecto de gobierno, más este no será definitivo y se mostrara a la ciudadanía como una propuesta, está se llevara a la discusión en las asambleas para definir ahí las prioridades y los proyectos a realizar.
El nuevo modelo pretendía mayor igualdad, mejor sentido de la solidaridad, ampliar el espacio democrático, más libertad. Fundamentalmente, superar la marginalidad, la exclusión, la pobreza y la injusticia. Y para lograrlo se pactó un mayor compromiso moral de los colombianos a través de la participación democrática.
El nuevo escenario de la democracia participativa le da un nuevo sentido ético a la política, a la aplicación de la justicia, al bienestar social y económico. Por eso, garantizar la paz a través de comprometer a cada uno de los ciudadanos con un destino público cobra un nuevo significado. De ahí que se proclama un nuevo Estado: el Estado Social de Derecho, cuya misión es dar plenas garantías jurídicas a todos los colombianos, ampliando el espacio público para el debate, el aprendizaje y la concertación en la solución de los grandes conflictos que afligen a la sociedad colombiana.
El gran propósito del Estado Social de Derecho es el garantizar los derechos económicos de los colombianos y sobre todo los derechos de los más pobres.
En desarrollo de la participación democrática de los ciudadanos, la Constitución Política de Colombia, en su artículo 103, establece: "Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato".
El voto
El voto popular, consagrado en el artículo 258 de la Constitución, es el mecanismo a través del cual los colombianos, mayores de dieciocho años, eligen a quienes desean que los representen en la presidencia, las gobernaciones, las alcaldías, el congreso, las asambleas, el concejo y demás corporaciones públicas.
El referendo
Es el mecanismo mediante el cual, los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a pronunciarse a favor o en contra de una norma. Existen tres clases de referendo:
El plebiscito
Según el artículo 7 de la ley 134 de 1994, "el plebiscito es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del ejecutivo". El plebiscito, a diferencia del referendo, no se lleva  a cabo en torno a una norma, sino para aprobar o desaprobar una decisión del ejecutivo.
Para que el plebiscito entre a ser considerado es necesaria la aprobación del Congreso de la República y la firma de todos los ministros.
La consulta popular
Previo cumplimiento de los requisitos establecidos por el estatuto de seguridad territorial, los gobernadores y alcaldes pueden acudir ante el pueblo, para conocer sus expectativas con respecto a un tema de interés regional o local. La decisión adoptada por el pueblo, obliga al gobernante a tomar decisiones a favor de la opinión de la ciudadanía.
El cabildo abierto
"El cabildo abierto es la reunión pública de los Concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en el cual los habitantes pueden participar, directamente, con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad". (Artículo 9, ley 134 de 1994).
Iniciativa legislativa
La iniciativa legislativa "es el derecho que tienen los ciudadanos de presentar proyectos de acto legislativo y de ley ante el Congreso de la República, de ordenanza ante las asambleas departamentales, de acuerdo ante los concejos municipales o distritales y de resolución ante las juntas administradoras locales" (Artículo 2, ley 134 de 1994).
Revocatoria del mandato
Así como la Constitución colombiana dispone la mecánica de votación y elección para elegir Presidente, senadores y demás cargos públicos, también establece, en los artículos 40 y 259, la posibilidad de destituir a los alcaldes y gobernadores que no hayan cumplido el programa propuesto en su candidatura
Según lo anterior, la revocatoria del mandato se refiere a la facultad que tiene el pueblo para despojar de su cargo a quien ha elegido, cuando este no cumple las promesas hechas a la ciudadanía al momento de su elección.

PREGUNTAS AL TEXTO:

1.    Establezca la diferencia entre Democracia Representativa y Democracia Participativa
2.    La Constitución Nacional de 1991, cuál tipo de democracia favorece? ¿Por qué?
3.    ¿Qué es un Estado de Derecho? ¿Qué garantiza?
4.    ¿Cuáles son los mecanismos de participación ciudadana? Explique brevemente cada uno de ellos.
5.    ¿Alguno de estos mecanismos, es más importante que otro? Explique
6.    Elabore un  escrito acerca del siguiente fragmento: “El nuevo modelo pretendía mayor igualdad, mejor sentido de la solidaridad, ampliar el espacio democrático, más libertad. Fundamentalmente, superar la marginalidad, la exclusión, la pobreza y la injusticia. Y para lograrlo se pactó un mayor compromiso moral de los colombianos a través de la participación democrática.”

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